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Brindar a todos los clientes de ARP SURA, asistencia médica en el exterior para aquellos viajes que se realicen por motivos de trabajo.
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1. Cobertura en el exterior para todos los afiliados de ARP SURA por viajes de trabajo.
2. Disminución en los trámites administrativos donde la empresa no tiene que reportar los viajes que vaya a realizar.
3. Atención a través de un call center con operadores colombianos especializados en áreas de la salud.
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¿CÓMO ACCEDER AL SERVICIO?
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Todos los afiliados a ARP SURA cuentan con asistencia médica en el exterior automática y permanente.
Antes de viajar es importante que usted y los empleados de su empresa conozcan las condiciones de la cobertura que detallamos a continuación, al igual que el proceso de atención donde podrán imprimir el carné con el número único de atención.
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Gastos médicos por accidentes de trabajo ilimitados para viajes hasta de 120 días.
Gastos médicos por enfermedad hasta US$18.000 para viajes hasta de 120 días.
Gastos odontológicos por urgencias hasta US$1.000.
Suministro por medicamentos hasta US$500.
Prótesis y órtesis derivadas de la asistencia inicial de urgencias hasta US$500.
Traslados médicos en el exterior.
Repatriación sanitaria del trabajador afiliado.
Gastos complementarios de ambulancia en caso de repatriación.
Gastos de hotel por convalecencia en el exterior hasta US$1.000.
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| EXCLUSIONES |
 El costo de los servicios asistenciales que hayan sido prestados en el territorio nacional.
 Los servicios que el afiliado haya concertado por su cuenta sin el previo consentimiento de ARP SURA, salvo en caso de fuerza mayor, según su definición legal, que le impida comunicarse con cualquiera de las partes.
 Ocurrencia de fenómenos naturales de carácter extraordinario, tales como inundaciones, terremoto, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas, caídas de cuerpos siderales y aerolitos, etc.
 Las enfermedades o lesiones derivadas de padecimientos crónicos, las diagnosticadas con anterioridad a la iniciación del viaje y/o las preexistencias a la fecha de inicio del viaje conocidas o no.
 La muerte producida por suicidio y las lesiones y secuelas que se ocasionen en su tentativa.
 La muerte o lesiones originadas directa o indirectamente por hechos punibles o acciones dolosas del afiliado.
 La asistencia y gastos originados por enfermedades o estados patológicos producidos por la ingestión voluntaria de drogas, sustancias tóxicas, narcóticos o medicamentos adquiridos sin prescripción médica, ni por enfermedades mentales.
 Los gastos de asistencia por embarazo, sus complicaciones y atención del parto.
 Las que se produzcan con ocasión de la participación del afiliado en apuestas o desafíos.
 Actos de terrorismo, motín o tumulto popular.
 Hechos y acciones de las Fuerzas Armadas o de las fuerzas o cuerpos de Seguridad.
 Energía nuclear radioactiva
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El cliente, una vez viaje y requiera una asistencia, realiza una llamada por cobro revertido sin costo alguno al número (571) 646 32 23, donde se le solicitarán unos datos iniciales. No es necesario informar la salida del país.
Antes de viajar, ARP SURA le recomienda imprimir el carné con los datos diligenciados haciendo clic en el siguiente botón:

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